Eliminar a Un Propietario
de la Escritura de Propiedad

Como muchos ya saben, para poder hacer un Reverse Mortgage, todos los propietarios deben tener 62 años o mas.
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CONYUGES MENORES DE 62

Recientemente HUD modificó la Regla de modo que si su Conyuge No-Prestatario (N-P) no pudiera estar en el Prestamo por ser mas joven de los 62 años, ahora no tendria que vender o dejar el hogar si el/la Prestatario(a) fallece, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.

Esto aplicará SOLAMENTE a préstamos nuevos a partir de Agosto 4, 2014.

Los fondos a recibir seran menores ya que se calcularían en base a la edad de la persona mas joven

Esta es una excelente noticia para aquellos matrimonios donde un conyuge no califica para hacer un Reverse pues no tiene 62 años o mas.

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OTROS PROPIETARIOS (NO CONYUGES) MENORES DE 62

Existen unas pocas razones por las cuales Ud. pudiera querer eliminar un propietario de la Escritura de Propiedad para hacer un Reverse Mortgage.
Algunas de las Razones:

1) Un propietario (no Conyuge) no ha cumplido los 62 y necesita los fondos "ahora". Pudiera considerar el tiempo que falta para que los cumpla y entonces hacer el Reverse Mortgage.

2) CORRE EL PELIGRO DE PERDER EL HOGAR POR EMBARGO JUDICIAL.

La razon de la importancia de esta accion, es que si el Prestatario fallece antes que el propietario removido, los herederos reciben la propiedad y tendrian HASTA 1(un) AÑO ( 6 meses de “Due Dilligence” y hasta 2 extensiones de 3 meses cada una) para pagar el prestamo en su totalidad o enfrentarse a una accion de embargo judicial y la posibilidad de perder la propiedad.

Este plazo NO afectaria a un Conyuge No-Prestatario quien esta protegido en la Hipoteca del Prestamo

La propiedad puede ser vendida, refinanciada o simplemente pagar el saldo adeudado y mantener el hogar. Si el saldo adeudado es mayor que el valor de Mercado del hogar, se pudiera realizar una Venta Corta (“short Sale”) o negociar la entrega de la propiedad al Prestamista (“Deed-in-Lieu-of –Foreclosure”) para evitar el embargo. Tambien la Herencia podria negociar el pago de el 95% de una valuacion actual y quedarse con la propiedad.

Han habido Originadores poco eticos o desinformados que le han dicho a clientes mios que pueden poner el(la) conyuge despues en la escritura y en la Hipoteca una vez que cumplan 62. Esto NO es cierto y es PELIGROSO. Si, ponerlo(a) en la Escritura es facil, pero NO en la hipoteca y el Prestamista pudiera declarar la Hipoteca pagadera de inmediato.

Habria que hacer un refinanciamiento HECM-a-HECM y pagar algunos gastos de cierre de nuevo.

El saldo adeudado en el Reverse Mortgage(HECM) original pudiera ser mayor que los fondos que pueden recibir del nuevo Reverse Mortgage. Esto pudiera ocurrir ya sea por la baja de valor del hogar o por la edad del conyuge mas joven. De esto ocurrir, podria no poder hacer este refinanciamiento, o Ud. aportar la diferencia.

Cualquiera decision que tome, llameme antes de hacerlo. Es gratis y sin compromiso.


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